Víctor Alonso
Rocafort
ctxt.es
Izquierda Unida
registra en el Congreso un texto de 50 páginas con su propuesta
legal
La Ley integral de
memoria democrática y de reconocimiento y reparación a las víctimas
del franquismo y la transición que Izquierda Unida ha registrado
este viernes 29 de junio en el Congreso de los Diputados va mucho más
allá de un gesto. Propone otro marco institucional para otro país.
40 años después de
1978, mejorando ampliamente las insuficiencias constatadas de aquel
tardío avance que supuso la ley de 2007 promulgada desde el Gobierno
de José Luis Rodríguez Zapatero, esta es una norma elaborada junto
a las víctimas del franquismo y de la transición. Es una ley para
ellas y para toda la sociedad, por cuanto su plasmación resulta
imprescindible, ineludible, si queremos ser democracia.
Compuesta por 4 títulos,
63 artículos y 13 disposiciones adicionales, el texto de 50 páginas
acoge una propuesta amplia, completa y concreta. Se detallan los
derechos de las víctimas del franquismo y la transición, periodo
que se incluye teniendo en cuenta que entre 1975 y 1983 se
contabilizan hasta 188 víctimas de violencia de origen
institucional. Entre estos derechos se destacan capítulos relativos
al derecho a la verdad, a la justicia y al reconocimiento y la
reparación integral de las víctimas.
Se acomete la
recuperación oficial de lo que hemos denominado memoria democrática,
con todo un departamento al efecto para la gestión administrativa de
los lugares de memoria democrática por crear, de sus rutas y museos,
para enseñar lo que fue el franquismo y sus crímenes, para mostrar
los innumerables ejemplos de las resistencias que se dieron en
defensa de las libertades. Se propone un censo de víctimas, un mapa
de fosas, el derecho a la reparación moral y económica de quienes
fueron obligados a trabajar de manera forzosa en beneficio de un
puñado de empresas.
La ley incluye un amplio
articulado referido a documentos y archivos, a la simbología y los
reconocimientos públicos, como títulos nobiliarios, que habrán de
ser retirados. Se suceden en ella propuestas concretas sobre el Valle
de los Caídos, la sustracción de menores o la derogación de los
Acuerdos con la Santa Sede. Se oficializa el reconocimiento de tantos
y tantas que fueron reprimidos duramente, sin una palabra oficial en
décadas, por cuestiones políticas pero también de género u
orientación sexual, por formar parte de las comunidades judía y
gitana, por ser masones. Hay un reconocimiento especial también a
quienes, considerados apátridas por el franquismo por su defensa de
la democracia, fueron deportados y deportadas a los campos nazis.
La ley, antes de entrar
en su articulado, comienza con un preámbulo de tres epígrafes. En
el primero de ellos se explica el sentido de la norma a partir del
concepto de memoria democrática que en ella se reivindica. A
continuación, se expone tal cual está:
“PROPOSICIÓN DE LEY
INTEGRAL DE MEMORIA DEMOCRÁTICA Y RECONOCIMIENTO Y REPARACIÓN A LAS
VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO Y LA TRANSICIÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La sociedad española,
pasados más de 40 años del fin de la dictadura militar franquista y
de una Transición recorrida por graves conflictos, está obligada a
reconocer oficialmente a sus víctimas, a que se haga justicia
respecto a la dura represión que éstas sufrieron por parte del
Estado.
Prueba de la criminal
acción del régimen franquista es que España es el segundo país en
número de desaparecidos forzosos del mundo. Los últimos cálculos
estipulan en más de 100.000 el número de personas que continúan
sepultadas en fosas comunes a lo largo de todo el territorio. Por
ello, sin garantizar verdad, justicia y reparación a quienes
padecieron dicha represión y a sus familiares no podremos emprender
un camino democrático en el que la impunidad de los crímenes de
lesa humanidad no tenga cabida, una nueva senda que se cimente sobre
el principio de no repetición como uno de sus pilares fundamentales.
Esta ley supone una defensa sin fisuras de los derechos humanos como
guía esencial de nuestra política de Estado, así como de
reconocimiento, respeto y justicia con quienes lucharon por la
democracia, a menudo a costa de sus propias vidas.
El carácter integral de
esta ley representa por tanto un esfuerzo compartido de reparación
que las víctimas, sus familias y allegados necesitan, inspirado por
los principios democráticos de memoria, verdad, dignidad y justicia.
El valor de la memoria es
la garantía última de que la sociedad española y sus instituciones
no van a olvidar nunca a los que perdieron la vida o fueron víctimas
de las múltiples formas de represión que aplicó el franquismo, de
que se escucha directamente su recuerdo y se conserva como legado
inmaterial para las generaciones futuras. A la hora de construir una
democracia real es imprescindible tener en cuenta la memoria viva de
quienes lucharon por las libertades, la ausencia de un pasado posible
que quiso ser y se frustró pero al que hoy de nuevo se le ofrece
esperanza. Este es el sentido último de una memoria democrática que
nos ayuda a comprender mejor los derechos humanos en el presente, las
insuficiencias en la aplicación de algunos de ellos en nuestro país,
así como a constatar que no vinieron solos y que nunca hay que
darlos por supuestos para siempre.
La significación
política de las víctimas exige un reconocimiento público, pues
constituye a la vez una herramienta esencial para la crítica ética,
social y política del franquismo y del fascismo. La voluntad de los
sublevados contra el orden constitucional de la Segunda República a
la hora de efectuar una cruenta limpieza ideológica entre la
ciudadanía que no compartiera sus valores y actitudes
nacional-católicas, esencialmente reaccionarias y fascistas, produjo
una honda fractura en la sociedad española. Se rompieron familias y
grupos sociales, con secuelas aún hoy presentes. La memoria es así
un acto de justicia además de un instrumento civilizador, de
educación en valores y de erradicación definitiva, por medio de su
deslegitimación social, del uso de la violencia para imponer las
ideas políticas.
Cientos de miles de
personas en nuestro país, hace apenas dos generaciones, fueron
víctimas de asesinatos, torturas, desapariciones, encarcelamientos,
robo de niñas y niños, así como de violaciones y abusos sexuales
como una forma sistemática de violencia contra las mujeres, todo
ello tras el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y en la Guerra
Civil hasta 1939. Con la implantación subsiguiente de la dictadura
militar de carácter fascista en torno al general Francisco Franco,
esta violencia sistemática prosiguió por parte del nuevo Estado en
forma de ejecuciones, torturas y tratos inhumanos en cárceles y
campos de concentración repartidos por todo el territorio, trabajos
forzados en beneficio de grandes empresas, destierros, deportaciones
a campos de internamiento, concentración y exterminio nazis, robo
continuado de niñas y niños, humillaciones públicas, exilios y
represión sistemática de la diversidad sexual, nacional o
lingüística, así como la persecución contra aquellos que tenían
una idea diferente de qué era España. La ciudadanía tiene
actualmente el derecho inalienable al conocimiento de la verdad
histórica sobre el proceso de violencia y terror impuesto por el
régimen franquista, así como sobre los valores y los actos de
resistencia democrática que llevaron a cabo quienes cayeron víctimas
de su represión.
Entre las carencias que
hasta ahora tenía la democracia española estaba la falta de una
declaración solemne con plenos efectos legales del repudio y condena
del golpe de Estado militar del 18 de julio de 1936 y la posterior
dictadura franquista por parte de los poderes e instituciones del
Estado, carencia que viene a ponerse fin en lo establecido en el
artículo 1 de la presente ley.
Además, esta ley viene a
reconocer derechos que no se vieron reconocidos en la Ley 52/2007 por
la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en
favor de quienes padecieron persecución o violencia tras el golpe
militar del 18 de julio de 1936 y la dictadura franquista y las
disposiciones que la desarrollan, ampliando y profundizando su
limitado alcance inicial. A tal efecto, se inspira en las normas más
significativas que se han aprobado en los últimos años en materia
de protección y reparación a las víctimas de violaciones graves de
derechos humanos, muy especialmente, en la Resolución 60/147 de
Asamblea General de las Naciones Unidas”.
Víctor Alonso
Rocafort
Coordinador parlamentario
de IU. Doctor en Teoría Política, con experiencia docente en las
universidades de Alicante, Autónoma de Madrid, Complutense y Talca
(Chile). Entre sus publicaciones destaca el libro Retórica,
democracia y crisis. Un estudio de teoría política (CEPC, Madrid,
2010). Miembro del Colectivo Novecento.
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